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¿Qué se considera persona con responsabilidad pública?
En Self Bank, en el momento de solicitar una cuenta, te preguntamos si tienes responsabilidad pública o no para cumplir con la normativa vigente y que quede recogido en tu documento de apertura.
Se entiende por personas con responsabilidad pública: personas físicas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes.
Estas categorías comprenderán, en su caso, cargos desempeñados a escala comunitaria, nacional e internacional. Ninguna de estas categorías incluirá empleados públicos de niveles intermedios o inferiores.
En el Estado español, los parlamentarios nacionales y del Parlamento Europeo; los magistrados del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional, con inclusión de los miembros equivalentes del Ministerio Fiscal; los consejeros del Tribunal de Cuentas y del Banco de España; los embajadores y encargados de negocios; el alto personal militar de las Fuerzas Armadas; y los directores, directores adjuntos y miembros del consejo de administración, o función equivalente, de una organización internacional, con inclusión de la Unión Europea. En el ámbito autonómico español, los Presidentes, los Consejeros t demás miembros de los Consejos de Gobierno, así como los altos cargos de los municipios capitales de provincia o de capital de Comunidad Autónoma de las Entidades Locales de más de 50.000 habitantes, o cargos de alta dirección en organizaciones sindicales o empresariales o partidos políticos españoles.
Sin perjuicio de la aplicación, basándose en un análisis del riesgo, de medidas reforzadas de diligencia debida, cuando una persona haya dejado de desempeñar una función pública importante durante al menos dos años, no será obligatoria su consideración como persona con responsabilidad pública.
Para más información, visita la normativa vigente (Apdo. 5 de la Disposición final sexta. Modificación de la Ley 19/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo)
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